Contabilidad electrónica y su envío a través de la página del SAT
De la reforma que sufrió el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación para 2014, a partir del 1o. de enero de 2014, en materia de contabilidad fiscal, destacan los siguientes cambios: 1. Los registros o asientos que integran la contabilidad sólo se llevarán en medios electrónicos (contabilidad electrónica), y la documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. No obstante, mediante el artículo cuadragésimo tercero Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, las autoridades fiscales difirieron el cumplimiento de la obligación a que se refiere este numeral al 1o. de julio de 2014. 2. Los contribuyentes estarán obligados a ingresar (enviar), de forma mensual, su información contable a través de la página electrónica del SAT (contabilidad en línea), de acuerdo con reglas de carácter general (reglas misceláneas) que se emitan al efecto. En relación con este numeral, la fracción IV del artículo 22 del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014, establece que el ingreso (envío) de la información contable, a través de la página de Internet del SAT, deberá realizarse a partir del ejercicio de 2015, de acuerdo con el calendario que para tal efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general (reglas misceláneas). En la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2014 y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014, el SAT emitió las reglas que regulan la contabilidad electrónica, su envío a través de la página del citado órgano desconcentrado
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Contabilidad electrónica y su envío a través de la página del SAT
De la reforma que sufrió el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación para 2014, a partir del 1o. de enero de 2014, en materia de contabilidad fiscal, destacan los siguientes cambios: 1. Los registros o asientos que integran la contabilidad sólo se llevarán en medios electrónicos (contabilidad electrónica), y la documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. No obstante, mediante el artículo cuadragésimo tercero Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, las autoridades fiscales difirieron el cumplimiento de la obligación a que se refiere este numeral al 1o. de julio de 2014. 2. Los contribuyentes estarán obligados a ingresar (enviar), de forma mensual, su información contable a través de la página electrónica del SAT (contabilidad en línea), de acuerdo con reglas de carácter general (reglas misceláneas) que se emitan al efecto. En relación con este numeral, la fracción IV del artículo 22 del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014, establece que el ingreso (envío) de la información contable, a través de la página de Internet del SAT, deberá realizarse a partir del ejercicio de 2015, de acuerdo con el calendario que para tal efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general (reglas misceláneas). En la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2014 y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014, el SAT emitió las reglas que regulan la contabilidad electrónica, su envío a través de la página del citado órgano desconcentrado
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De la reforma que sufrió el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación para 2014, a partir del 1o. de enero de 2014, en materia de contabilidad fiscal, destacan los siguientes cambios: 1. Los registros o asientos que integran la contabilidad sólo se llevarán en medios electrónicos (contabilidad electrónica), y la documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. No obstante, mediante el artículo cuadragésimo tercero Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, las autoridades fiscales difirieron el cumplimiento de la obligación a que se refiere este numeral al 1o. de julio de 2014. 2. Los contribuyentes estarán obligados a ingresar (enviar), de forma mensual, su información contable a través de la página electrónica del SAT (contabilidad en línea), de acuerdo con reglas de carácter general (reglas misceláneas) que se emitan al efecto. En relación con este numeral, la fracción IV del artículo 22 del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014, establece que el ingreso (envío) de la información contable, a través de la página de Internet del SAT, deberá realizarse a partir del ejercicio de 2015, de acuerdo con el calendario que para tal efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general (reglas misceláneas). En la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2014 y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014, el SAT emitió las reglas que regulan la contabilidad electrónica, su envío a través de la página del citado órgano desconcentrado

Product Details

ISBN-13: 9786074408140
Publisher: Tax Editores
Publication date: 07/23/2015
Sold by: Bookwire
Format: eBook
Pages: 605
File size: 15 MB
Note: This product may take a few minutes to download.
Language: Spanish

About the Author

José Pérez Chávez Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Socio fundador de Tax Asesores, SC, ha asesorado empresas durante 38 años. Coautor de más de 70 obras fiscales y laborales editadas por Tax Editores Unidos, SA de CV. Expresidente de la Comisión Fiscal de EuraAudit International (México). Colaborador y miembro del Consejo Editorial de la revista Práctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial. Expositor de temas fiscales en distintos foros. Raymundo Fol Olguín Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN). Asesor fiscal de diversas empresas en el sector privado. Colaborador y miembro del Consejo Editorial de la revista Práctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial. Coautor de diversas obras en materia fiscal, laboral y de seguridad social editadas por Tax Editores Unidos, SA de CV.

Table of Contents

ABREVIATURAS UTILIZADAS INTRODUCCION CAPITULO I CONTABILIDAD FINANCIERA Concepto de contabilidad Características de la información financiera Elementos básicos de los estados financieros Postulados básicos del sistema contable CAPITULO II CONTABILIDAD FISCAL Elementos que integran la contabilidad fiscal Requisitos que deben satisfacer los registros o asientos contables Registro de las deducciones autorizadas Lugar para llevar la contabilidad Obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos Contribuyentes no obligados a llevar contabilidad en sistemas electrónicos con capacidad de generar archivos en formato XML Sujetos no obligados a llevar contabilidad en los términos del Código Registro de ingresos, egresos, inversiones y deducciones de los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal y de las donatarias autorizadas con ingresos de hasta $2'000,000.00, a través de "Mis Cuentas" Opción para las demás personas físicas y asociaciones religiosas no lucrativas de registrar sus ingresos, egresos, inversiones y deducciones, a través de "Mis Cuentas" Obligación de llevar contabilidad para los contribuyentes del IVA Principales diferencias entre la contabilidad financiera y la contabilidad fiscal CAPITULO III ENVIO DE LA CONTABILIDAD A LA PAGINA ELECTRONICA DEL SAT Obligación de enviar la contabilidad a la página electrónica del SAT Envío de las pólizas y auxiliares a requerimiento de la autoridad fiscal Opción para enviar documentos digitales a través del prestador de servicios de recepción de documentos digitales CAPITULO IV PLAZO DE CONSERVACION DE LA CONTABILIDAD Plazo de conservación Forma de computar el plazo de conservación Plazo de conservación conforme a las disposiciones vigentes hasta 1997 Plazo de conservación conforme a la opción que otorgan las disposiciones vigentes a partir de 1998 Plazo de conservación conforme a las disposiciones vigentes a partir del 2004 Contabilidad y documentación correspondiente a actos cuyos efectos fiscales se prolongan en el tiempo Documentación por los conceptos por los que se haya promovido algún recurso o juicio Conservación de actas constitutivas y otra documentación Opción de conservar información contable en discos ópticos Documentos con firma electrónica avanzada o sello digital Documentos que acrediten el origen y procedencia de una pérdida fiscal o préstamo Contribuyentes exceptuados de la obligación de conservar la contabilidad y proporcionar información a las autoridades fiscales CAPITULO V OTROS ASPECTOS FISCALES DE LA CONTABILIDAD Obligación de contar con equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos en la enajenación de gasolina, diésel y gas Documentación de personas que no están obligadas a llevar contabilidad Registro de la destrucción o donación de mercancías Contabilidad de las pérdidas de sociedades fusionantes Contabilidad de los contribuyentes residentes en el país con establecimientos en el extranjero Contabilidad de contribuyentes que cuentan con inversiones en territorios con regímenes fiscales preferentes Aplicación de las NIF en las operaciones con partes relacionadas Inutilización parcial de los libros o demás registros contables Destrucción o inutilización total de libros y demás registros contables Contabilidad de comisionistas para efectos del IVA Contabilidad para efectos de la obligación de proporcionar información sobre clientes y proveedores
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